Politica, economía

martes, junio 18, 2019

Condenan dos hombres 20 y 10 años por muerte

Imagen de archivo
SANTO DOMINGO.- Una condena de 20 y 10 años de presión les fue impuesta a dos hombres quienes fueron hallados culpables de provocarle la muerte a otro de varios disparos de arma de fuego, durante un hecho ocurrido en el sector Simón Bolívar, en el que también resultó herida otra persona.

La condena fue impuesta por el Segundo Tribunal Colegiado contra Wilson Andújar Sujilio (Wilson), y Diego Radhame Sujilio, respectivamente tras ser hallados culpables de ocasionarle la muerte a Welins Guzmán y herir a Pedro González.

El Ministerio Público representado por  las fiscales litigantes Aleika Almonte y Yelianny Polanco logró demostrar la responsabilidad penal de los imputados en el referido hecho.
     
El expediente instrumentado por la fiscalía narra que el incidente sucedió en la calle Altagracia esquina Simón Bolívar, frente a una farmacia, cuando los dos acusados junto a un prófugo identificado como Jabao, llegaron a bordo de una camioneta y el condenado Wilson Andújar Sujilio, sin mediar palabras, hizo varios disparos, los cuales impactaron a las víctimas.

Según expusieron en audiencia la procuradoras fiscales Aleika Almonte y Yelianny Polanco, el señor Guzmán rápidamente fue socorrido por los presentes y trasladado al Hospital Dr. Moscoso Puello, donde falleció mientras recibía los primeros auxilios tras las heridas causadas por el acusado Andújar  Sujilio.

En la audiencia de juicio de fondo se estableció que el hecho en el cual perdió la vida Guzmán se debió a viejas rencillas entre los acusados y la víctima.

Las juezas Claribel Nivar, Yisell Soto y Clara Castillo acogieron las pruebas que presentó el Ministerio Público y dictaron la sentencia condenatoria de 20 y 10 años de prisión que ambos acusados deberán cumplir en la Penitenciaría Nacional de La Victoria.

La conducta de los acusados Wilson Andújar Sujilio y Diego Radhame Sujilio fue calificada como homicidio y porte ilegal de arma de fuego, delitos previstos y sancionados en los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano y los artículos 66, 67 y 67-V de la Ley No. 631-16 sobre Armas, Municiones y Materias Relacionados.

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