Playa dominicana |
La entidad que
agrupa a las principales entidades turísticas nacionales relacionadas, explica
que no se opone a que exista una ley que regule la gestión y acceso de los
particulares a las playas y costas, y está en disposición de colaborar, porque
debe ser una normativa realista, coherente con la estructura jurídica
existente, que promueva el desarrollo y asuma las actuales condiciones
geográficas de las costas, río y lagos y pueda ser aplicable.
El proyecto en
estudio, dice ASONAHORES, se propone para el acceso de ríos, lagos, lagunas,
playas y costas, pero se orienta a las playas, que “son un patrimonio de la
sociedad, vital para la existencia del turismo que es una actividad de valor
estratégico, por lo que su uso y cuidado debe considerarse un asunto de alto
interés nacional, y por lo tanto las normativas deben ser cuidadosamente
diseñada considerando la necesidad de preservarlas y previendo consecuencias
negativas al interés nacional”.
Señala que el
proyecto que cursa en el Senado choca con los artículos 15, 40, 51, 74 y 110 de
la Constitución, y contradice el Código Civil y desconoce lo que establece la
Ley de Registro Inmobiliario, de reciente formulación, sobre la “servidumbre”,
que es la obligación de una propiedad a dar acceso a otra propiedad vecina y en
este caso a la costa, río y lagos.
El proyecto,
afirma, también contradice los planes de ordenamiento territorial sectorial ya
emitidos, los decretos de aprobación de uso de la franja marítima, y carece de
especificaciones técnicas que ofrezcan soluciones claras y aplicables a
problemas como el uso indiscriminado y no regulado de embarcaciones, la
contaminación y el desorden generalizado que afecta playas, ríos y lagos.
ASONAHORES
refiere que las definiciones que asume el proyecto contradicen otras contenidas
en la Constitución y el ordenamiento vigente, situación que podría generar
confusiones y conflictos de interpretación, porque son conceptos muy generales
que no cumplen el cometido de precisar lo que intentan definir.
La propuesta,
revela, refiere en sus consideraciones leyes derogadas y no asume otras que
están efectivas, y cita los casos de la Ley sobre Fomento y Desarrollo
Turístico y la Ley sobre Dominio de Aguas Terrestres, por lo que deja de lado y
choca con las responsabilidades regulatorias que corresponden a los Ministerios
de Turismo y de Medio Ambiente, a los Ayuntamientos y las Comandancias de
Puertos, entre otros.
ASONAHORES
advierte que los procedimientos contemplados no son precisos, y el proyecto no
toma en cuenta que para la permanencia y respeto a los derechos adquiridos, al
debido proceso y a la seguridad jurídica, como cuestión general deben
mantenerse los roles asignados a cada uno de los estamentos estatales y no
crear nuevas burocracias.
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