Agricultura realizara VIII Censo Nacional Agropecuario
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Luis Ramón Rodríguez, Ministro Agricultura |
SANTO DOMINGO.- El Ministro de
Agricultura, Luis Ramón Rodríguez, afirmó que la promulgación del decreto
348-13 por parte del presidente Danilo Medina, garantiza la inversión necesaria
para que este año se realice el VIII Censo Nacional Agropecuario, cuyos
resultados espera que estén listos para finales de este año.
El funcionario indicó que para la
realización del Censo, la República Dominicana contará, además, con el apoyo de
la Unión Europea (UE), la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación (FAO), del Instituto Interamericano para la
Agricultura (IICA), y de otros organismos multilaterales de cooperación, así
como de gobiernos amigos.
Rodríguez dijo que las estadísticas
agropecuarias del país están desfasadas, por lo que el presidente Medina
declaró de interés nacional la realización del Censo.
El citado Decreto establece que los
recursos económicos necesarios para la ejecución de las actividades y las
tareas correspondientes a la preparación VIII Censo Nacional Agropecuario serán
proporcionados por el Poder Ejecutivo.
“Este censo nos va a permitir
actualizar las estadísticas y realizar una mejor planificación de las actividades
del sector agropecuario y una mejor programación en la inversión pública, ya
que sin buenas estadísticas es difícil realizar una buena planificación”, expresó
el ministro de Agricultura.
Recordó que el último intento de
realizar el censo agropecuario fue en el año 1998, fecha en que solo se logró
levantar un Registro Nacional de Productores Agropecuarios, pero que “ahora el
país sabrá de manera efectiva cuales son los activos con que cuenta el sector
agropecuario nacional”.
Según establece el decreto, las
informaciones derivadas del Censo Nacional Agropecuario constituyen un insumo
indispensable para el diseño, implementación y evaluación de las políticas y
programas destinados a impulsar el sector agropecuario; y son a su vez, de
trascendental importancia para la formulación de políticas de seguridad
alimentaria.
En el decreto se establece, además,
que los titulares de las entidades del gobierno central, autónomas, financieras
y no financieras, descentralizadas, municipales, y de la seguridad pública, civiles
o militares, quedan obligadas a prestar su colaboración a la Oficina Nacional
de Estadísticas (ONE), según esta lo requiera, a fin de garantizar el éxito del
planeamiento y la ejecución de las tareas censales, tal y como lo refiere el
Artículo 23 de la Ley No. 5096, sobre Estadísticas y Censos.
En el Artículo 6, del decreto 348-13,
el Poder Ejecutivo crea la Comisión Nacional Censal, que tendrá como
responsabilidad mantener informado al Presidente de la República sobre el avance
y desarrollo del VIII Censo Nacional Agropecuario y apoyar a la ONE durante las
tareas preparatorias, levantamiento y tareas finales de este censo, con los
recursos necesarios para el logro de sus objetivos.
La Comisión Nacional Censal estará
compuesta por el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo quien la
presidirá, los ministerios de Agricultura, Educación, Educación Superior, Ciencia
y Tecnología, Hacienda, Interior y Policía, Defensa, y Medio Ambiente y
Recursos Naturales, así como por el Instituto Agrario Dominicano, Instituto
Nacional de Recursos Hidráulicos, Dirección Nacional de Ganadería, Banco
Agrícola y el Fondo de Desarrollo Agropecuario.
Pertenecerán a la Comisión Censal,
además, un miembro del Senado de la República, un miembro de la Cámara de
Diputados, el Jefe de la Policía Nacional, el Secretario General de la Liga Municipal
Dominicana, el Secretario General de la Federación Dominicana de Municipios, el
Director de la Defensa Civil, el presidente de CONFENAGRO, y el Director de la
Oficina Nacional de Estadística quien desempeñará las funciones de Secretario
Ejecutivo.
En el Párrafo III del referido
Artículo se establece que la ONE será la encargada de la creación, puesta en
funcionamiento y dirección de las comisiones y de los comités de apoyo que sean
necesarios en todas las labores de preparación del VIII Censo Nacional
Agropecuario.
En el Artículo 8 del Decreto 348-13,
el Poder Ejecutivo ordena la creación de las Comisiones Censales Municipales,
las cuales colaborarán con la ONE en la organización y levantamiento del Censo
Nacional Agropecuario, dentro de los límites de cada municipio o distrito
municipal.
El decreto señala que, conforme a las
disposiciones de la Ley No. 5096, en la República Dominicana se debe de llevar
a cabo un Censo Nacional Agropecuario en cada década, y que las últimas cifras
censales oficiales sobre el sector agropecuario datan de 1982, año en el que se
levantó el VII Censo Nacional Agropecuario.
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