Palacio Presidencial |
La Ley 590-16 fue aprobada el 29 de junio pasado
por el Congreso Nacional, luego de que se incluyera en la agenda priorizada del
Poder Legislativo.
A partir de la presente legislación no habrá un jefe de Policía, sino un
director de la institución del orden.
La información fue publicada en la cuenta de Twitter de la Presidencia
de la República.
En ley se limita a 40 años el tiempo máximo de duración de un
agente en la institución; además se introduce una mejor seguridad social,
regula el uso de la fuerza, prioriza la prevención del delito, pero endurece el
enfrentamiento de la delincuencia y sanciona las faltas policiales.
De igual forma, establece que los altos oficiales que ocupen
funciones administrativas deberán hacer sus declaraciones juradas de bienes.
Otra disposición establecida por la ley es que prohíbe a los
policías el porte o tenencia de armas diferentes a las asignadas para el
desempeño de sus funciones, de manera que ante cualquier caso, los agentes
tendrían que utilizar sus armas.
La ley reduce los miembros del Consejo Superior Policial de 16 a 8, así
como a 20 el número de generales.
Plantea que este Consejo se reglamentará según la
Constitución y las leyes, las normas que regularán el uso de la fuerza que
gobernarán el accionar de los miembros de la Policía Nacional, con el propósito
de evitar los excesos o componendas, pero tampoco permitir la dejadez, es
decir, cumplir con el deber de proteger al ciudadano o la propiedad con el
mínimo de daños a las personas.
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