Ministerio de Salud Pública |
SANTO DOMINGO.- Pese a que data del año 2013 la denuncia de que
23 turistas supuestamente habrían contraído infección luego de practicarse
cirugías estéticas en el país, las autoridades del Ministerio de Salud
mantienen una estrecha vigilancia, control y monitoreo de los centros y
profesionales de la salud que practican esa disciplina, para así evitar que se
puedan re-editar percances.
Al mismo tiempo, el Ministerio de Salud mantiene su
exhortación a las personas interesadas en practicarse cirugía u otro procedimiento
médico a comprobar previamente si el prestador institucional y/o el médico
cuentan con el permiso de habilitación y el aval técnico y profesional para
garantizarle una cirugía segura.
Entre las medidas adoptadas por el Ministerio figuran
el fortalecimiento de los mecanismos regulatorios con orientación a que los
centros de salud y los médicos realicen procedimientos revestidos de la debida
seguridad e inocuidad para los pacientes, para lo cual emitió los protocolos de
atención y la Resolución 000008-15, que regula el ejercicio de los cirujanos
plásticos y reconstructivos.
La citada Resolución se enfoca en establecer los
requisitos de formación académica de los cirujanos plásticos y reconstructivos
que desean aplicar para recibir la debida habilitación del Ministerio.
En tanto, a través de la Dirección de Habilitación y
Acreditación, el Ministerio regula el otorgamiento de licencias a los
establecimientos de salud, como son las clínicas, hospitales, unidades de
hemodiálisis, bancos de sangre y laboratorios clínicos y patológicos, entre
otros.
En ese orden, la Dirección de Habilitación del
Ministerio informó que los requisitos exigidos a estos establecimientos para
operar se resumen en que deben cumplir con los estándares
de calidad y seguridad, a fin de que garanticen una atención de salud adecuada
a los pacientes.
Para el Ministerio otorgar un permiso a estos centros
de salud, lo primero que hace es evaluar sus infraestructuras, el equipamiento,
los recursos humanos y las normas generales y específicas de bioseguridad,
verificando que estos sean cónsonos con el nivel de complejidad y la cartera de
servicios del prestador.
Explica que los establecimientos de salud que
solicitan licencia de habilitación son inspeccionados por técnicos del Ministerio
que aplican guías específicas para cada tipo de centro asistencial.
Luego estas guías son procesadas por una comisión
evaluadora que rinde su informe, el cual sirve de base de sustentación a la
decisión de otorgar o no la licencia, que tendrá una duración que oscila entre
dos y cinco años.
También en el proceso de evaluación para otorgar la
licencia a estos centros para que estén hábiles para ofrecer servicios a la
ciudadanía, participa la Dirección de Monitoreo y Evaluación de la Calidad en
Salud, otra instancia del Ministerio de Salud.
La misión de la Dirección de Monitoreo y Evaluación
consiste en vigilar que la prestación de los servicios de salud a la población
se produzca dentro de los parámetros que establece la Ley General de Salud, es
decir, cumpliendo con los estándares de seguridad y calidad que determinaron la
habilitación del prestador.
Así mismo, recoge, procesa e investiga las denuncias
de faltas que se cometan en ese ámbito, procedentes de personas físicas o
jurídicas.
Las faltas graves y/o las faltas reiteradas por parte
de los prestadores de servicios de salud conllevan a sanciones estipuladas en
la Ley, como el cierre del establecimiento en falta.
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