Ismael Batista (Opinió) |
El Estado existe,
como resultado de todo lo que una sociedad llega acumular en siglos. Son
una diversidad de conocimientos que van acumulando capacidades para enfrentar
los problemas de la vida común en sociedades. En perspectivas, este, para
cumplir su cometido usa una plataforma, la cual en el
transcurso del tiempo es frecuentemente
modificada, enmendada, reformada y hasta cambiada: es la Constitución.
La Constitución es la ley fundamental de organización
política del Estado así como también como marco jurídico de los derechos y deberes de los
ciudadanos. Es un instrumento de cambio y desarrollo factible de reformaciones en cuanto lo demanden las
circunstancias, con el objeto de facilitar la implementación de políticas del
gobierno y del poder ejecutivo.
Y no solo debe ser modifica la Carta Magna, para
facilitar el accionar del ejecutivo, si no también, además, para todo aquello
que tenga que ver con la creación y el
fortalecimiento de las instituciones que conforman el Estado.
Entonces, como puede apreciarse, y en contraposición a
lo que asumen algunos sectores políticos
nacionales, errados, que creen, que la Constitución es un santuario incólume,
inalterable e intocable. Sin embargo, es todo lo contrario, es un ente
vulnerable, enmendable; es una
herramienta de
transformaciones, que por ende está sujeta a las innovaciones que sean necesarias.
Es más, podemos afirmar que, el nivel de
desarrollo de los países
altamente industrializados, se ha fundamentado en cambios constitucionales
continuos, profundos y atinados. Basta revisar los anales de la historia universal
y verse en el espejo de los Estados Unidos y Francia, y otros Estados altamente desarrollados y
complejos, que están dotados de alta
capacidad resolutiva de los problemas de todas índoles.
Y la República Dominicana no es una excepción. Poco tiempo después
de la fundación del Estado, la primera Constitución, elaborada y consensuada por diputados
en asamblea constituyente el 6 de noviembre de 1844, en la ciudad de San
Cristóbal, antes ser aceptada y proclamada, por exigencia de Pedro Santana,
hubo de ser modificada y agregarle el artículo 2010.
Como se puede apreciar, las reformas constitucionales
en nuestro país datan desde los primeros meses de la fundación de la República.
Conducta que será habitual
en los presidentes en el
discurrir de la historia.
En efecto, los gobernantes de más relevancia de la
nación, han usado el atributo presidencial de reformar o enmendar la Carta
Magna. Lo hicieron Buenaventura Báez, Ulises Heureaux, Gregorio Luperon, Ramón
Cáceres entre otros. En la historia contemporánea, hicieron uso de esa
facultad: Rafael Leónidas Trujillo, el profesor Juan Bosch, Joaquín Balaguer,
Leonel Fernández e Hipólito Mejía.
Ahora bien, no es lo mismo en el orden conductual, una
modificación constitucional que favorezca a otros tantos gobernantes del
pasado, o bien, al presidente Danilo Medina Sánchez. Danilo Medina, en poco
tiempo, ha demostrado tener grandes dotes de estadista
y estratega político.
Conduce la nación con políticas de desarrollo y sociales atinadas al momento,
en tanto, va creando las base infraestructurales para el crecimiento sostenido
en lo inmediato, a mediano y a largo plazos, del país.
Es más, podemos afirmar, que el gobierno del
presidente Medina Sánchez está creando las infraestructuras sociales y políticas-
hasta ahora inexistente-para la consolidación de la democracia dominicana. En
ese sentido pensamos, que pronto tendremos una ley que regularice las
actividades de los paridos políticos, así como también los fundamentos en
función, para evitar que gobernante alguno, haga lo que le venga en ganas.
Por consiguiente, somos partidarios, y así se ha
concebido como un proyecto de nación, que el actual presidente necesita mucho
más de un cuatrienio para completar su obra de gobierno.
Lamentablemente, la modificación
a la Constitución implementadas en el país con propósitos reeleccionista
han estado inspirada en el ego del presidente de turno o motivadas por la
inconsecuencia de sectores aviesos. Nuestra historia está repleta de maniobras
solapadas y abiertas, como por ejemplo, en los tiempos de Lilis y Horacio Vásquez.
En cambio, una modificación constitucional para la re
postulación del presidente Danilo Medina se plantea necesariamente consensuada:
con el Partido de la Liberación Dominicana y fuerzas aliadas, el pueblo
dominicano, el Congreso Nacional y
Poder Ejecutivo. Y sustentada en la práctica por la gran valoración de su buen
desempeño presidencial expresada en popularidad como resultado de su excelente
obra de gobierno.
En consecuencia, no habrá alteración del orden
constitucional, ni de la estabilidad socio-política que vive la nación; con este gesto se
fortalece la democracia dominicana y servirá de referente para futuras
modificación de la Constitución de la República.
De modo pues, que manos a la obra, porque en el ambiente nacional
están dadas las condiciones objetivas y subjetivas para la República Dominicana
transitar el camino de la reelección presidencial.
El autor es: Médico, reside en Barahona
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