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Gabriel del Río Doñé |
Del Río Doñé
entiende que esa disposición debe ser revisada por ser violatoria a la
Constitución, porque al trabajador le asiste el derecho a la autodeterminación,
como en el caso de escoger la ARS de su preferencia.
Recordó además
que la Ley de la Seguridad Social establece que los trabajadores tienen la
libertad de escoger la ARS o la AFP de su preferencia.
En verdad que
los trabajadores a todos los niveles tenemos la libertad; y la misma
Ley de la Seguridad Social expresa con claridad que estos tienen la libertad
para escoger la ARS o la AFP que quieran, precisó el dirigente sindical.
Refirió que la
ARL es una institución única donde todos los trabajadores deben
pertenecer, pero lo que son las ARS y AFP la misma Ley dice con mucha claridad
que los trabajadores tienen derecho a escoger, entonces se debe revisar la
disposición del Tribunal Constitucional.
El secretario
general de la CASC, alega además, que dicho tribunal no puede violentar lo que
son las normas o libertades que existen en el país, y sobre todo un
principio claro de lo que es la Seguridad Social, de la libertad que tienen que
tener todos su socios de escoger a sus ARS o AFP.
Aunque considera
necesario que dicha disposición sea revisada por el Consejo Nacional de la
Seguridad Social, el dirigente sindical insistió en que es violatoria a la
Constitución porque vulnera un derecho de la clase trabajadora.
“Implementarse
la obligatoriedad de que todos los trabajadores pertenezcan a la ARS Senasa,
viola los principios de libertad, fundamentales y que no se puede imponer por
ley ninguna decisión que vulnere el concepto de libertad que son fundamentales,
que existen en el país”, dijo del Rio Doñé.
La disposición
del Tribunal Constitucional que obligaría a los empleados públicos a afiliarse
a la ARS Senasa, es rechazada por representantes del sector sindical,
incluyendo la Asociación Dominicana de Usuarios de la Seguridad Social (ASODOMUSS),
al igual que por el dirigente de la Confederación de Trabajadores Dominicanos
(CNTD), Jacobo Ramos.
El presidente
de ASODOMUSS, Joel Rodríguez defiende que cada usuario del Sistema
Dominicano de la Seguridad Social tenga la facultad de la libre
elección para afiliarse a la Administradora de Riesgos de Salud que
entienda pertinente, como establece la Ley 87-01.
De su lado,
Jacobo Ramos, principal dirigente de la CNTD considera inaceptable e
inadmisible que todos los empleados y trabajadores públicos y sus dependientes
sean afiliados automáticamente al Senasa, porque sería contrario a la
Constitución, que establece que no deben existir monopolios en el país, y menos
aún en el caso de la Salud Pública y la Seguridad Social.
Entiende que ninguna decisión judicial
puede violar el principio de la libre elección que establece la misma ley, como
parece hacerlo la sentencia TC/0573/18, emitida por el Tribunal Constitucional,
que declara inadmisible un recurso de amparo incoado por seis Administradoras
de Riesgos de Salud para evitar ese monopolio.
Ramos considera que esa sentencia debe ser
analizada y el tema nuevamente replanteado, de modo que todos los sectores
involucrados lleguen a un acuerdo general que beneficie a todos, principalmente
a los afiliados y que las aseguradoras de riesgos que ofrecen el servicio sean
justamente tratadas.
Esta semana la Asociación Dominicana de
Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS) advirtió que existen impedimentos
legales y jurídicos, para traspasar a los empleados públicos y sus dependientes
en forma automática al Senasa, en virtud de que esta acción fue
irrevocablemente juzgada y vedada por la sentencia de amparo 132/2008, emitida
por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) en el año 2008.
Según
la ADARS, ante esa decisión de la Primera Sala del TSA, resulta ilegal y
contradictorio al ordenamiento jurídico traspasar forzosamente a los empleados
públicos al Senasa y que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) debe abstenerse de ejecutar
cualquier disposición al respecto.
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