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Rafael Pérez Modesto |
Dijo que el inicio de las Pensiones Solidarias es unas de las
decisiones más trascendentes que se han tomado en el Sistema Dominicano de
Seguridad Social, en cuanto a protección social se refiere.
Detalló
que las personas, incluidas en el decreto se beneficiarán con una pensión
mensual de 6,000 pesos dominicanos. En esta ocasión, además del pago del mes de
diciembre, recibirán el correspondiente a la regalía Pascual.
“El
Gobierno inició este año la entrega de las Pensiones Solidarias, con una
inversión de 500 millones de pesos lo que representa un importante paso de
avance para el Sistema y la reducción de la pobreza en el país”, manifestó.
Recordó
que las entregas de dichas pensiones fueron anunciadas el 27 de febrero 2019
por el presidente de la República, Danilo Medina Sánchez en su discurso de
rendición de cuentas lo que evidencia el compromiso del Estado como garante del
adecuado funcionamiento del Sistema Previsional, de su desarrollo, evaluación y
readecuación periódica.
Resaltó
que el tema estuvo rezagado por años y producto del trabajo realizado por el
Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), y su Gerencia General en conjunto
con las entidades que inciden en el tema, se logró un consenso entre los
sectores que dio como resultados la aprobación de la resolución No.
484-01 del 13 de noviembre 2019 que dispone el otorgamiento de Pensiones
Solidarias.
La resolución establece que las pensiones solidarias serán
entregadas a personas con discapacidad severa, madres solteras desempleadas con
hijos menores de edad y a envejecientes en condiciones de indigencia.
Asimismo, que el otorgamiento de dichas pensiones solidarias está
contenido en el Plan de Gobierno para el período 2016-2020 al tiempo que se da
cumplimiento al al artículo 63 de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano
de Seguridad Social (SDSS).
El
funcionario explicó que el plan de acción para el inicio de las Pensiones
Solidarias fue elaborado por la Comisión Interinstitucional en aplicación del
protocolo para la distribución de elegibles por Municipio y Distrito Municipal,
considerando la pobreza general e Índice de Calidad de Vida del Sistema Único
de Beneficiarios (SIUBEN). Al tiempo que resaltó la transparencia del proceso
de selección.
Asimismo, establece facultar a la Comisión Interinstitucional a
continuar el trabajo coordinado para el otorgamiento de las Pensiones
Solidarias, a partir del Formulario levantado en la Base de Datos de elegibles,
previamente filtrada y cruzada con el SUIR, el SIUBEN y depurada finalmente por
la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) del Ministerio de
Hacienda, a fin de emitir el Decreto para el otorgamiento de la Pensión
correspondiente.
La
resolución dispone la asignación y concesión de las pensiones solidarias en el
Plan Piloto, de manera transitoria y a fin de iniciar su entrega, se tomará en
cuenta la base de datos de las personas registradas en el Consejo Nacional de
la Persona Envejeciente (CONAPE), del Consejo Nacional de las Personas con
Discapacidad (CONADIS) y del Programa Quisqueya sin Miseria de la Dirección
General de Programas Especiales de la Presidencia (DIGEPEP), las cuales serán
cruzadas con el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR) y el SIUBEN para
emitir el listado de elegibles.
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