Politica, economía

jueves, mayo 17, 2018

Las cooperativas y su necesario régimen especial

Por Francisco Luciano

Opinión
Desde hace más de tres décadas se discute  la necesidad de modificar la Ley 127-64,  que sirve de marco legal a las asociaciones cooperativas. Existe consenso sobre la necesidad de adecuar una legislación que se produjo hace  de  más de cincuenta años, cuando las condiciones económicas políticas y sociales de la República Dominicana eran muy distintas a las actuales.  Las instituciones cooperativas no eran tantas en número, ni expresaban la pujanza que ahora tienen. El país no contaba con una economía de mercado abierto ni de gran tamaño. El país ha cambiado y las cooperativas con él.

Si bien es cierto que existe consenso en la necesidad de actualizar la legislación que norma a las cooperativas, también es cierto que existen  prismas con intenciones diferentes  sobre el alcance que debe tener la revisión.


Mientras unos plantean la necesidad de modernizar la Ley para hacer a las cooperativas más eficientes, basadas en una regulación de régimen especial que tome en cuenta su carácter mutualista, de propensión al ahorro y  con función de autogestión.  Otros, demandan que las cooperativas sean consideradas instituciones de intermediación  financieras y que  se les aplique las mismas regulaciones que rigen para el sistema bancario.

Otros llegan más lejos en su planteamiento de desnaturalizar a las cooperativas y plantean romper unos de sus principios fundamentales, el de la integración,  sugiriendo que la Ley permita instalar en el país más de una confederación nacional,  bajo el supuesto constitucional de la libertad de asociación,  olvidando que el cooperativismo es un solo en todo el mundo, tanto en su accionar,  como en sus formato organizacional y  en sus fundamentos  filosóficos.


Habría que establecer que las cooperativas son asociaciones de personas que se unen al amparo de la Ley 127-64 con el propósito de hacer frente a situaciones  problemáticas que les son comunes.

Que estas se fundamentan en la promoción de los valores y principios de la cooperación universal,  constituyendo un modelo de empresa de carácter  económico y social que no tiene como propósito el lucro.

Que  está organizado en todo el mundo sobre la base del principio de la integración, y que tiene definida su estructura orgánica en el Código Cooperativo Universal,  de la siguiente manera: a) Cooperativas de Base,  b) Federaciones por Tipos o Territorios. C) Una sola y  única Confederación por país y d) Un organismo  único de orientación filosófica a nivel mundial que es la Alianza Cooperativa Internacional, ACI.

Que las cooperativas solo realizan operaciones entre sus asociados, por lo que el excedente  o beneficio de sus operaciones es generado y  redistribuido entre los mismos, ya que es parte de sus mismos ahorros.

Y que   las cooperativas no compiten entre sí, sino que colaboran las  unas con las  otras para mejorar el sistema y de esa manera beneficiar a sus asociados, basados en el principio de cooperación entre cooperativas.

Quienes desconocen el qué hacer de las cooperativas  y su impacto en el ámbito social en que se desenvuelven, solo ven el volumen de recursos económicos que sus activos presentan, perdiendo de vista que se trata de un sector integrado por  más 900 entidades que agrupan a casi dos millones de personas y no  de  entidades de uno  o  dos dueños limitados   que buscan fines pecuniarios para sí,  lo que les lleva a pretender tratarlas como entidades de intermediación financiera pura y simple e imponerles las normas prudenciales que rigen la banca especuladora de capitales.

Es ese desconocimiento el que les lleva a formarse el juicio de que todas las cooperativas son iguales en tamaño, por lo que de imponerse  el despropósito de regularizarlas con las normas aplicadas a la banca,  equivaldría a dejar a la mayoría de estas sin capital de operaciones, lo que vale decir disolverlas, tirando por la borda todos los esfuerzos realizados por el ciudadano presidente de la República, que ha venido actuando como un promotor de las mismas a sabiendas de que estas son un medio idóneo para promover la integración y la autogestión en el correcto camino de promover el ahorro y atacar con posibilidades de éxito la pobreza.

Un grupo de quince “cooperativas” agrupadas en la Asociación de Cooperativas de Ahorro y Créditos Rurales,  ha insistido en su deseo de  someter las cooperativas dominicanas a la supervisión y normas  bancarias, y  pese a que ellas mismas operan con registros de incorporaciones emitidos por el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), organismo al que no vacilan en desacreditar calificándolo de “entelequia inoperante e incapaz” e incluso  proponiendo  su eliminación.

Lo que debe hacerse es acoger el proyecto de Ley consensuado entre  IDECOOP y el sector cooperativo integrado en la Confederación a Nacional de Cooperativas (CONACOOP),  que facilita la creación de una Súper Intendencia de Cooperativas,  bajo el criterio  de mejorar la  regulación del régimen  especial que las normas, procediendo a  desincorporar a las  instituciones que aunque operan bajo el amparo de  la Ley de cooperativas,  no se sienten, ni  son  tales,  para que actúen bajo el marco del Código Monetario y Financiero de la República Dominicana, tal y como han venido  solicitando de manera reiterada.

Los esfuerzos que se vienen haciendo para hacer a las cooperativas más  eficientes y transparentes de lo que ya son, no pueden servir de  pretexto  para complacer agendas ocultas que buscan  desnaturalizar a un sector que como el de las cooperativas  ha probado actuar apegado a las estrictas normas éticas y morales, que les imponen sus valores y principios originarios.

El autor es catedrático universitario y  gerente de la cooperativa de la UASD.

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